FP-DUAL
Contenido del proyecto de FP Dual
Los Proyectos de Formación Profesional Dual tienen como objetivo proporcionar un valor añadido a la formación que los alumnos cursan en el centro educativo, valorándose prioritariamente a tal efecto la participación de empresas con Responsabilidad Social Empresarial, en línea con la “Estrategia Española 2014 – 2020 para la Responsabilidad Social de las Empresas”.
En concreto, esta formación con participación de las empresas consistirá en que el alumnado que voluntariamente lo desee, al estar cursando un ciclo formativo acogido a un Proyecto de Formación Profesional Dual, desarrollará una Programación de Actividades Formativas en la empresa de acuerdo con el currículo del módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo, pero extendido a la duración del citado proyecto. Para ello, la empresa colaboradora facilitará los espacios, las instalaciones y los expertos necesarios para su impartición.
Programación de actividades formativas
La Programación de Actividades Formativas será elaborada conjuntamente por el tutor del centro educativo, con la colaboración del resto del equipo docente, y el tutor de la empresa. La Programación de Actividades Formativas deberá ser coherente con los Resultados de Aprendizaje y Criterios de Evaluación del módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo, debiendo velar el centro educativo porque el desarrollo curricular se realice de forma coordinada y las actividades efectivamente desarrolladas sean acordes con las contenidas en dicha Programación.
Destinatarios
Los Proyectos de Formación Profesional Dual se dirigirán al alumnado matriculado en ciclos formativos impartidos en centros educativos en los que se desarrollen dichos proyectos.
El alumnado que curse ciclos formativos en los que se desarrolle un Proyecto de Formación Profesional Dual podrá solicitar su participación ante el tutor del centro educativo. El equipo docente, coordinado por el tutor del centro educativo responsable de cada proyecto, determinará los alumnos seleccionados para participar en el mismo. La selección se realizará a partir de los criterios pedagógicos que se establezcan a tal efecto, entre los que deberá incluirse la asistencia regular a las actividades lectivas, la superación de los módulos profesionales y la reducción del fracaso y abandono escolar del alumnado.
Duración y organización horaria
La organización por cursos será la siguiente:
- Proyectos en los que las actividades formativas entre el centro educativo y la empresa se desarrollen desde el Primer curso del ciclo formativo.
- Proyectos en los que la alternancia entre el centro educativo y la empresa se realice a partir del segundo curso. Esta opción, en las que las actividades formativas durante el primer curso del ciclo formativo se realizarán íntegramente en el centro educativo.
Las actividades formativas entre el centro educativo y la empresa podrán realizarse en alguno de los siguientes sistemas de alternancia:
- Alternancia por horas diarias en turnos de mañana o tarde.
- Alternancia por días semanales con jornadas completas en la empresa y en el centro educativo.
- Alternancia que combine semanalmente los dos tipos anteriores.
No se podrán desarrollar proyectos que superen las 40 horas semanales entre la formación en el centro educativo y la formación en la empresa.
En cualquiera de los tipos de alternancia indicados anteriormente, el alumno deberá asistir al centro educativo para cursar el total de las horas establecidas en el currículo para cada módulo profesional en el que esté matriculado, de los que se cursan en el centro educativo.
Ayuda al estudio
El alumnado seleccionado para desarrollar los proyectos de formación profesional dual recibirá una compensación económica en forma de beca, con arreglo al régimen previsto en el artículo 33 del Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, proporcionada por la empresa o por fundaciones, instituciones u otras entidades colaboradoras de titularidad pública o privada. En estos casos, el alumnado estará incluido en el ámbito de aplicación del Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación, en desarrollo de lo previsto en la disposición adicional tercera de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social.
La cuantía, en su caso, de la beca figurará en el Programa Formativo Específico y no podrá ser inferior al 80% de la cuantía anual establecida para el salario mínimo interprofesional, en proporción al tiempo efectivo de estancia en la empresa.
El alumnado de los centros educativos públicos y privados concertados participante en estos proyectos podrá ser subvencionado por la Consejería competente en materia de Educación en sus gastos de transporte.
Certificados
El tutor de la empresa y el trabajador formador recibirán, a petición propia, un certificado de la colaboración, firmado por el profesor tutor y el secretario del centro educativo, y con el Vº Bº del director.
Normativa
Orden ECD/20/2017 de 23 de febrero, que regula el desarrollo de Proyectos de Formación Profesional Dual del sistema educativo en la Comunidad Autónoma de Cantabria, Modificada por la ECD/69/2018
- Orden ECD/20/2017 con anexos | Descargar
- Orden ECD/69/2018 | Descargar
- ANEXOI_A.doc
- ANEXOI_B.doc
- ANEXOII.doc
- ANEXOIII.doc
- ANEXOIV.doc
- ANEXOV.doc
- ANEXOVI.doc
- ANEXOVII.doc
- ANEXOVIII.doc
- ANEXOIX.doc