Información detallada del proceso extraordinario de admisión
Preguntas frecuentes
Los alumnos que, una vez finalizado el procedimiento ordinario de escolarización, se incorporen al sistema escolar en Cantabria y en consecuencia no tengan plaza asignada en ningún centro de nuestra Comunidad.
Los alumnos que, teniendo plaza asignada en un centro escolar de Cantabria, deseen solicitar una plaza diferente.
Serán las resultantes del proceso ordinario de admisión. A tal efecto, una vez publicadas las listas de admitidos de dicho proceso ordinario, se actualizarán las plazas vacantes.
Se iniciará una vez finalizado el periodo de presentación de solicitudes del proceso ordinario y se mantendrá abierto hasta el inicio del procedimiento ordinario de admisión correspondiente al curso escolar.
La solicitud se recogerá y presentará en la sede de la Consejería de Educación, Formación Profesional y Universidades (calle Río de la Pila, 13, Santander), dirigida al Comité técnico de escolarización permanente o de manera online.
Sí se puede. La solicitud permite ordenar por preferencia hasta un máximo de 6 centros, aumentando con ello las posibilidades de obtener un puesto escolar.
La prioridad exclusiva de adjudicación de plaza es la fecha de presentación de la solicitud.
La adjudicación de plaza de este proceso se producirá por parte del Comité técnico de escolarización permanente de la Consejería de Educación y Formación Profesional.
ADJUDICACIÓN DE SOLICITUDES PRESENTADAS ANTES DEL COMIENZO DEL CURSO ESCOLAR:
Se harán públicas en la sede de la Consejería de Educación, Formación Profesional y Universidades, en los centros docentes y en esta página
ADJUDICACIÓN DE SOLICITUDES PRESENTADAS A LO LARGO DEL CURSO ESCOLAR:
La adjudicación se producirá con la mayor inmediatez posible, notificando al centro asignado tal circunstancia.
ANTES DEL COMIENZO DEL CURSO ESCOLAR:
La matrícula en el centro adjudicado se debe realizar en los tres días hábiles siguientes.
DURANTE EL CURSO ESCOLAR:
El centro escolar informará inmediatamente al alumno o a su familia para que se proceda a la matriculación e incorporación.
Se rige por los mismos trámites y plazos que para el resto de alumnado.
El alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo (dificultades específicas de aprendizaje por grave retraso o trastorno del desarrollo o del lenguaje; incorporación tardía en el sistema educativo con desconocimiento del español o graves carencias en sus competencias o conocimientos; altas capacidades intelectuales; con necesidades educativas especiales o con desventaja socioeducativa que afecte a la historia escolar) que solicite plaza en este proceso extraordinario, deberá indicar tal característica, adjuntando la documentación acreditativa.
En caso de que se compruebe, una vez matriculado el alumno e incorporado al centro escolar, que un alumno obtuvo puesto escolar ordinario cuando debía haber utilizado el procedimiento para alumnado con necesidad específica de apoyo educativo, la asignación de la plaza podrá ser revocada, adjudicándose al alumno una nueva plaza conforme a sus necesidades.
No podrán adjudicarse, en este proceso extraordinario, plazas escolares en centros y cursos en los que haya alumnos que, habiéndolas solicitado como primera opción en el proceso ordinario de admisión, resultaron no admitidos, salvo que renuncien a ocuparlas.
A partir de la fecha del comienzo del curso escolar podrá denegarse una solicitud de escolarización en el presente procedimiento extraordinario en caso de que la asignación de la plaza solicitada pueda alterar el normal desenvolvimiento de la actividad escolar.
En la Secretaría de cada centro.
En la Consejería de Educación, Formación Profesional y Universidades
Negociado de Información.
C/ Río de la Pila, 13
Tfnos. 942 20 80 80 | 942 35 70 51
Tfno. de información Administrativa del Gobierno de Cantabria: 012 (desde fuera de Cantabria: 942 395 563).