Información detallada del proceso ordinario de admisión 2025-2026
Preguntas frecuentes
- Los alumnos que vayan a escolarizarse por primera vez en enseñanzas sostenidas con fondos públicos en el curso 2025/2026.
- Los alumnos que voluntariamente deseen cambiar de centro.
- Los alumnos que, habiendo obtenido reserva de plaza en un centro en el proceso de adscripción, quieran optar por otro.
Existen una serie de vacantes que se publicarán y se actualizarán periódicamente. (Véase Escolarización - Proceso Ordinario de admisión - Plazas escolares)
1. Plazo de presentación
Las solicitudes podrán presentarse, en los días lectivos según el calendario escolar para el curso 2025/2026, desde el 28 de abril hasta el día 9 de mayo.
2. ¿Donde se puede recoger y entregar?
La solicitud de plaza escolar tiene carácter gratuito. Puede recogerse en cualquier centro educativo sostenido con fondos públicos y debe ser entregada exclusivamente en el centro educativo elegido en primera opción. Todos los centros están obligados a tramitar las solicitudes, aunque no tengan vacantes, siempre que se presenten dentro del plazo señalado.
La solicitud también podrá presentarse telemáticamente mediante la plataforma informática YEDRA (www.educantabria.es/yedra). (Véase Escolarización - Proceso Ordinario de admisión - Formularios)
3. ¿Se puede pedir varios centros?
Sí se puede y es conveniente hacerlo. La solicitud permite ordenar por preferencia hasta un máximo de 6 centros, aumentando con ello las posibilidades de obtener un puesto escolar del interés de la familia. Por cada alumno podrá presentarse UNA ÚNICA SOLICITUD DE ADMISIÓN.
- Existencia de hermanos ya matriculados en el centro.
- Proximidad del domicilio o del lugar de trabajo de uno de los padres o tutores legales
- Renta per cápita de la unidad familiar
- Padre o tutor legal que trabaje en el centro.
- Condición legal de familia numerosa
- Alumnado nacido de parto múltiple
- Condición de familia monoparental
- Situación de acogimiento familiar del alumno o la alumna.
- Concurrencia de discapacidad en el alumno, o en alguno de sus padres o hermanos.
- Condición de víctima de violencia de género o de terrorismo
- Sólo para bachillerato: expediente académico.
- En caso de persistir el empate se ordenará según el resultado del sorteo.
La documentación no es obligatoria. Pero si el número de solicitudes supera al de vacantes, es conveniente presentar los documentos que permitan baremar la solicitud. La documentación que no se presente no podrá ser baremada. Los documentos, en cada caso, son los siguientes:
- Hermanos en centro: Se indicará en la solicitud normalizada.
- Proximidad del domicilio: Certificado de empadronamiento del alumno que debe incluir la totalidad de las personas que figuran empadronadas. Deberá figurar en el mismo, junto al alumno, su padre, madre o representante legal. En el supuesto de alumnos sujetos a tutela administrativa o judicial, acogimiento o situaciones análogas, la entidad que ejerza la guardia o custodia emitirá el certificado acreditativo de domicilio.
- Proximidad del lugar de trabajo de alguno de los padres o tutores legales: Certificado del empleador o copia del contrato laboral. Para trabajadores autónomos, documentación oficial demostrativa de la ubicación del lugar de trabajo y de la titularidad de la actividad.
- Renta: Autorización para solicitar a la AEAT información de ingresos inferiores al Salario Mínimo del año 2023 y fotocopia del libro de familia o documentación que acredite la composición de la unidad familiar a 31 de diciembre de 2023.
- Padres o tutores que trabajen en el Centro. Se indicará en la solicitud normalizada o certificación del centro para la segunda y posteriores opciones.
- Condición legal de familia numerosa: Resolución administrativa de reconocimiento de la condición.
- Alumnado nacido en parto múltiple: Libro de familia o certificados de nacimiento.
- Condición de familia monoparental: Resolución administrativa de reconocimiento de la condición.
- Situación de acogimiento familiar: Resolución administrativa o judicial.
- Concurrencia de discapacidad en el alumno, o en alguno de sus padres o hermanos: Certificación emitida por el organismo público competente.
- Condición de víctima de violencia de género o de terrorismo: Resolución administrativa o judicial.
- Expediente académico (sólo para Bachillerato): certificado de calificaciones.
El programa informático de gestión del proceso asignará a cada solicitud un número en el momento de su grabación.
Cada centro docente hará público en el tablón de anuncios, con anterioridad a la celebración del sorteo, la lista de solicitantes con el número asignado a cada uno.
El sorteo público se realizará en la sede de la Consejería de Educación, Formación Profesional y Universidades. (Véase Escolarización - Proceso Ordinario de admisión - Listas)
Se obtendrá en el sorteo el número y el orden ascendente o descendente a partir del cual se ordenará el derecho prioritario de obtención de plaza.
Las listas provisionales se publicarán en el tablón de anuncios de los centros.
Las listas definitivas se publicarán en el tablón de anuncios de los centros.
También se publicarán en el apartado de escolarización del portal educativo educantabria clasificadas por centros y ordenadas por opciones y puntuación. (Véase Escolarización - Proceso Ordinario de admisión - Listas)
El plazo para presentar reclamaciones y renuncias a las listas provisionales será desde la publicación de las listas provisionales hasta el 4 de junio.
El plazo de matrícula para Infantil y Primaria es del 16 al 27 de junio y para Secundaria Obligatoria y Bachillerato del 1 al 11 de julio.
Si no se realiza la matrícula se puede llegar a perder la plaza (en el Primer Ciclo de Infantil y en el Bachillerato) o las ayudas (libros, transporte, comedor, etc.)
En la Secretaría de cada centro.
En la Consejería de Educación, Formación Profesional y Universidades
Negociado de Información.
C/ Río de la Pila, 13
Tfnos. 942 20 80 80 | 942 35 70 51
Tfno. de información Administrativa del Gobierno de Cantabria: 012 (desde fuera de Cantabria: 942 395 563).